¿Me afecta el EUDR?

Responda unas preguntas para ver su rol, su fecha y qué presenta.

  1. Pregunta 1

¿Qué materia prima tiene su producto?

El EUDR cubre siete materias primas y los productos hechos con ellas que figuran en el anexo I, como el chocolate, los muebles, el papel o los neumáticos.

Es una orientación, no asesoría legal. No evalúa si usted está en regla y no presenta nada.

Preguntas

Cómo funciona

Responda unas preguntas y vea si el Reglamento de la UE sobre productos libres de deforestación (EUDR) le afecta, cuál es su rol, desde qué fecha se aplica y qué presenta, con un enlace a cada artículo en que se basa la respuesta. Es una orientación, no asesoría legal.

  1. Elija la materia prima de su producto y qué hace con ella: introducirla en el mercado de la UE, exportarla, venderla a compradores de la UE desde fuera de la UE, elaborar productos con ella o comerciarla dentro de la UE.
  2. Responda las pocas preguntas adicionales que importan en su caso, como el tamaño de su negocio o si opera como persona física, desde cuándo es micro o pequeña empresa y dónde produce.
  3. Vea si el EUDR le afecta, su rol, la fecha desde la que se aplica y qué presenta, con un enlace a cada artículo en que se basa la respuesta. Toque o seleccione cualquier respuesta para cambiarla.

Lea la guía: EUDR geolocation (en inglés)

Entrada y resultado

Entrada
Sus respuestas a unas preguntas: la materia prima de su producto, qué hace con ella, quién la importa, el tamaño de su negocio o si opera como persona física y, cuando corresponda, desde cuándo es micro o pequeña empresa y dónde produce.
Resultado
Si el EUDR le afecta, su rol, la fecha desde la que se aplica (30 de diciembre de 2026 o 30 de junio de 2027), qué presenta, sus demás obligaciones y enlaces a los artículos del Reglamento (UE) 2023/1115 detrás de cada respuesta.

Ejemplo: entrada

Café · Lo vendo a compradores de la UE desde fuera de la UE · Mi comprador (una empresa), u otra empresa de la UE

Ejemplo: resultado

El EUDR no le impone ninguna obligación legal
Usted no introduce usted mismo las mercancías en el mercado de la UE, así que no presenta nada.
Para tener en cuenta: Su comprador en la UE es el operador y presenta la declaración. Para hacerlo necesita la geolocalización de cada parcela de la que usted compra o produce, así que espere que se la pida.
Fuentes: Artículo 2, Artículo 4

Límites

  • Es una orientación, no asesoría legal.
  • No evalúa si usted está en regla y no presenta nada por usted.
  • Sigue el Reglamento (UE) 2023/1115 modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650, a la fecha de “Normas revisadas por última vez” que indica la página.
  • Revisa su rol para un producto a la vez, no si un código SA concreto figura en el anexo I.

Basado en los textos oficiales de la UE. Vea nuestras fuentes sobre la EUDR, con la versión que seguimos y la fecha en que revisamos cada una por última vez (en inglés).

¿Desde cuándo se aplica el EUDR?

Las normas se aplican desde el 30 de diciembre de 2026. Los operadores micro y pequeños (las empresas que introducen mercancías en el mercado de la UE o las exportan), incluidas las personas físicas, que reúnen los requisitos y estaban establecidos como tales al 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de junio de 2027, salvo para los productos de la lista del EUTR. Los comerciantes y los operadores posteriores siguen la fecha de diciembre de 2026. Las dos fechas están en el artículo 38 del Reglamento (UE) 2023/1115 modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650. Los productos añadidos al anexo I en 2027, como el café soluble, están cubiertos desde el 30 de diciembre de 2027.

¿El EUDR se aplica a las empresas pequeñas?

Sí. El tamaño no deja a una empresa fuera del Reglamento, pero cambia lo que hace y cuándo. Los operadores micro y pequeños, incluidas las personas físicas, establecidos como tales al 31 de diciembre de 2024 tienen la fecha posterior del 30 de junio de 2027 (salvo para los productos de la lista del EUTR); los comerciantes y los operadores posteriores no. Las personas físicas y los productores micro y pequeños establecidos en un país de riesgo bajo que venden lo que cultivaron allí presentan una declaración simplificada de presentación única, salvo que toda la información que exige ya figure en una base de datos de la UE o nacional (artículo 4 bis, apartado 4). Esta reemplaza la obligación de presentar la declaración de diligencia debida; la diligencia debida sigue aplicándose. Una persona física o microempresa puede pedir al siguiente operador o comerciante de la cadena, si no es también persona física o microempresa, que presente por ella. Los comerciantes y los operadores posteriores no presentan nada, sea cual sea su tamaño: guardan registros de sus proveedores y clientes, y los grandes además se registran.

¿Los productores y las cooperativas de fuera de la UE tienen que presentar algo?

No según el EUDR, salvo que introduzcan ellos mismos las mercancías en el mercado de la UE, por ejemplo como importador en la declaración de aduana de la UE o vendiendo directamente a consumidores de la UE. Su comprador en la UE es el operador y presenta la declaración de diligencia debida. Para hacerlo necesita la geolocalización de cada parcela (finca o chacra) de donde vienen las mercancías, así que espere que el comprador se la pida.

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